REGLAMENTO DE LOS CURSOS A DISTANCIA PARA MAGISTRADOS

 

TITULO I



DISPOSICIONES GENERALES

 

Artículo 1.-La Academia de la Magistratura, a través del Programa de Actualización y Perfeccionamiento, desarrolla cursos de especialización mediante la modalidad educativa a distancia con la finalidad de optimizar el nivel académico de los Magistrados que coadyuve a su desempeño en el ejercicio de la función jurisdiccional y fiscal.

Los destinatarios de los cursos bajo la modalidad a distancia son todos los magistrados del Poder Judicial y el Ministerio Público, en ejercicio.

Artículo 2.- Los Cursos de Especialización dictados mediante la modalidad educativa a distancia son de ejecución descentralizada, garantizando la participación equitativa de los Magistrados.

Artículo 3.- El Programa de Actualización y Perfeccionamiento, determina los cursos a distancia y las plazas vacantes para cada Distrito Judicial.

Artículo 4.- Los Cursos a Distancia se desarrollan de acuerdo a lo establecido en la convocatoria realizada por la Academia de la Magistratura y publicada en el Diario Oficial El Peruano.

 

TITULO II

DEL PROCESO DE MATRÌCULA

 

Artículo 5.- Los magistrados pueden  matricularse en un curso por convocatoria, personalmente o mediante carta poder simple.

Artículo 6.- Son requisitos para la matrícula:

a)      Ser magistrado en ejercicio.

b)      Efectuar el pago de los derechos de  matrícula en la Tesorería de la Sede Central o en las Sedes Desconcentradas de la Academia de la  Magistratura.

c)      Ficha de Inscripción, debidamente llenada.

d)      Constancia actualizada que acredite el ejercicio del cargo, expedida por la autoridad competente.

e)      Copia fotostática simple del  Documento Nacional de Identidad

Artículo 7.- Se considera efectuada la matrícula cuando el magistrado cumple todos los requisitos establecidos en el artículo 6  del presente reglamento.

Artículo 8.- No está permitida la reserva de matrícula, por ningún motivo.

Artículo 9.- Una vez efectuado el pago de los derechos de matrícula, no hay lugar a devolución alguna.

 

TITULO III

DE LOS PARTICIPANTES

 

Artículo 10.- Son participantes de los Cursos a Distancia los magistrados que se hayan matriculado cumpliendo los requisitos establecidos en este Reglamento y se mantengan en el ejercicio del cargo hasta el final del curso.

 

Artículo 11.- El magistrado matriculado en un Curso a Distancia que pierda su condición de tal durante el desarrollo del mismo, deja de ser participante y queda exonerado de rendir los exámenes. Puede continuar con el estudio de los materiales,  asistir a las sesiones presenciales y solicitar, al finalizar el curso, la constancia de participación respectiva.

Artículo 12.- Son derechos de los participantes:

a)         Recibir el manual del participante y los materiales de enseñanza del curso.

b)        Solicitar y recibir asesoría del tutor académico y del tutor administrativo, las veces que lo considere necesario dentro del horario establecido.

c)         Expresar libremente sus ideas en el marco de los principios constitucionales, legales y éticos.

d)        Estar informados de su rendimiento académico.

e)         Solicitar la recalificación de los examenes, en caso de no estar conforme por causa debidamente justificada y probada, con la calificación asignada.

f)          Recibir el certificado de participación cuando haya obtenido nota aprobatoria en el curso.

 

Artículo 13.- Son deberes de los participantes:

 

a)      Cumplir con el presente Reglamento y las demás disposiciones dictadas por la Academia de la Magistratura.

b)      Observar puntualmente las recomendaciones establecidas en el Manual del Participante.

c)      Proporcionar sus datos generales fidedignos, actualizarlos permanentemente e informarlos al tutor administrativo.

d)      Revisar permanentemente su correo electrónico, página web de la Academia de la Magistratura y otros medios que el tutor especifique.

e)      Comunicarse por lo menos una vez por semana con el tutor académico y/o administrativo, para informar los avances, dificultades o imprevistos que surjan durante el desarrollo del curso.

f)        Dar respuesta a las comunicaciones que el tutor académico y tutor administrativo le envíen en el término de la distancia.

g)      Cumplir con rendir los exámenes y presentar los trabajos asignados en las fechas  y plazos señalados.

h)      Acusar recibo de las notificaciones sobre las calificaciones, vía fax, correo electrónico o correo postal, dentro del tercer día natural de conocida, caso contrario se considerará consentida la calificación.

i)        Conducirse con el decoro adecuado.

 

 

TITULO IV

 

DEL REGIMEN DE ESTUDIOS

 

Capítulo I

 

 De la Metodología, Medios y Materiales

 

 

Artículo 14.- La modalidad educativa a distancia tiene como fundamento el autoaprendizaje del participante. Los cursos están diseñados sobre la base de módulos autoinstructivos, combinando el estudio individual o colectivo con sesiones presenciales; medios audiovisuales y asesoría permanente de los tutores académico y administrativo

 

Articulo 15.- El Manual del Participante establece el cronograma de estudio y pautas para que el participante se desenvuelva eficientemente en el curso a distancia.

 

El curso comprende el estudio de dos materiales:

 

a.         Módulo Autoinstructivo, que desarrolla los contenidos del curso.

b.         Anexo de Lecturas, que contiene material de estudio complementario.

 

Artículo 16.- Las sesiones presenciales son:

 

a.    Reuniones de los participantes conducidas por el Tutor Académico y Administrativo cuyo objetivo es reforzar los conocimientos autoaprendidos, absolver consultas y brindar apoyo en técnicas de estudio.

b.    La verificación del aprendizaje a través de los exámenes parcial y final.

 

Artículo 17.- El estudio individual o grupal es de responsabilidad del participante, puede formular consultas a los tutores en forma personal o grupal, utilizando diferentes medios de comunicación: teléfono, fax, correo electrónico, chat, entre otros.

 

Artículo 18.- Se recomienda a los participantes dedicar no menos de ocho horas semanales al estudio.

               

Capítulo II

 

 De los Tutores

 

Artículo 19.- El tutor académico es el especialista que facilita el proceso de aprendizaje durante el desarrollo del curso.  Tiene las funciones siguientes:

 

a)         Refuerza los conocimientos autoaprendidos.

b)        Absuelve consultas e inquietudes de naturaleza académica.

c)         Elabora los exámenes y asigna los trabajos individuales y grupales.

d)        Corrige los exámenes y trabajos.

e)         Informa sobre las solicitudes de recalificación al Sub Director del Programa.

 

Artículo 20.- El tutor administrativo es el profesional que realiza el seguimiento individual de forma permanente a los participantes. Tiene las funciones siguientes:

 

a)      Orienta a los participantes en el manejo del material de estudio, recibe los trabajos asignados y las remite al tutor académico para su calificación.

b)      Fomenta la constitución de grupos de estudio.

c)      Apoya a los participantes en el uso de métodos y técnicas de estudio.

d)      Promueve el acceso y uso de las nuevas tecnologías de la información

e)      Elabora informes periódicos acerca del desempeño de los participantes.

f)        Atiende los problemas individuales y colectivos de los participantes a su cargo.

g)      Actúa como nexo en la comunicación entre los participantes y el tutor académico.

h)      Recibe y canaliza ante la autoridad competente, las peticiones y reclamos de carácter administrativo.

i)        Comunica a los participantes las notas obtenidas en los exámenes y trabajos asignados

 

TÍTULO V

 

DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN

 

 

Artículo 21.- El sistema de evaluación valora integralmente el aprendizaje y desempeño de los participantes con relación a los propósitos y objetivos del Curso. Para ello utiliza instrumentos diversos como: trabajos individuales, trabajos grupales, exámenes objetivos y/o de desarrollo.

 

Los Trabajos individuales o grupales tienen como objetivo que el participante aplique la información adquirida a casos prácticos relacionados a su actividad laboral.

 

Los exámenes consisten en preguntas de opción múltiple y/o en preguntas abiertas que evalúan no solo la materia en cuestión sino la capacidad analítica, razonamiento y argumentación jurídica, interpretación y aplicación de normas, así como redacción y ortografía del participante.

 

Artículo 22.- La nota final del curso se obtiene de la manera siguiente:

 

-            Trabajo  grupal: 10%

-            Trabajo individual: 20%

-            Examen parcial: 30%

-            Examen final: 40%

 

La nota final del curso se calculará de la manera siguiente:

  

 

NOTA FINAL = 0.10 (TG) + 0.20 (TI) + 0.30 (EP) + 0.40 (EF)       

 

 

TG:       Trabajo grupal                      EP:       Examen Parcial

TI:        Trabajo Individual                EF:       Examen Final

 

 

Para efectos de cada una de las calificaciones se tendrán en cuenta los criterios siguientes:

 

-            Los conocimientos teóricos y prácticos.

-            Actualidad de la información, fundamentación, ejemplificación y aspectos

       similares.

-            Pautas formales al realizar  los trabajos o rendir las evaluaciones.

-            Cumplimiento y puntualidad.

 

Artículo 23.- El participante que no rinda el examen parcial no puede desarrollar el examen final.

 

Artículo 24.- El participante que no rinda el examen parcial o final en la fecha prevista, puede solicitar la reprogramación del examen hasta tres días hábiles después de aplicado el examen; previo pago de la suma de S/. 100.00 (cien nuevos soles 00/100).

 

El Subdirector del Programa establecerá la fecha y modalidad del examen. Después de este plazo, no procede nueva reprogramación.

 

Artículo 25.- El sistema de evaluación se basa en la escala vigesimal (de 0 a 20). La calificación mínima aprobatoria es de trece (13) puntos.

 

Artículo 26.- El participante que no esté conforme con la calificación de alguna evaluación que contenga preguntas que exijan desarrollo temático puede solicitar su recalificación por una sola vez.

 

          No podrán ser sujetas a recalificación las pruebas objetivas.

 

La solicitud fundamentada se presenta dentro de los cinco días hábiles  de comunicada la nota y es dirigida al Subdirector del Programa. Con el informe del Tutor Académico, resuelve el Subdirector en el plazo de tres días. Este pronunciamiento  es inapelable.

 

 

TITULO VI

 

DE LAS CERTIFICACIONES

 

 

Artículo 27.- La Academia de la Magistratura otorgará el respectivo certificado a los participantes que hayan obtenido nota aprobatoria en el curso.

 

 

TITULO VII

 

DE LAS FALTAS, SANCIONES Y PROCEDIMIENTO

 

 

Artículo 28.- Los participantes que cometan cualquier falta de probidad en el desarrollo de los trabajos o exámenes, recibirán el calificativo de cero (00).

 

La sanción respectiva será inscrita en el legajo personal del magistrado que obra en la Academia de la Magistratura.

 

 

TITULO VIII

 

DE LOS RETIROS

 

 

Artículo 29.- Se puede tramitar el retiro del Curso en caso de existir un motivo de fuerza mayor por el cual el participante no puede cumplir sus obligaciones académicas.

 

Artículo 30.- El procedimiento del retiro es el siguiente:

 

-         Enviar por correo postal o fax una solicitud dirigida al Subdirector del Programa debidamente fundamentada y adjuntando los medios probatorios pertinentes.

-         El plazo máximo de presentación vence a los 30 días calendarios de iniciado el curso.

-         La resolución será emitida dentro de los 5 días hábiles siguientes.

-         En ningún caso de retiro será devuelto el monto desembolsado por concepto de matricula al curso.

 

 

 

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES

 

 

Primera.- La Dirección Académica dictará las disposiciones necesarias para la eficaz aplicación del presente Reglamento, con cargo a dar cuenta a la Dirección General.

      

Segunda.- El presente reglamento entra en vigencia en la fecha de su publicación.

 

 


Academia de la Magistratura   |   Jr. Camaná 669, Lima - Perú   |   Telf: (511)428-0300   |   Fax: (511) 428-0252   E-mail: postmast@amag.edu.pe